Preguntas frecuentes

Información para el público en general

El propósito central de nuestras intervenciones es favorecer el desempeño ocupacional  funcional,  la autonomía personal, la participación social y la calidad de vida de las personas y/o grupos que lo requieran. Para ello seleccionamos, planificamos  e implementamos  actividades y  ocupaciones, por ejemplo ante una situación jubilatoria el terapista  ocupacional  acompañamos a la persona en la detección y orientación hacia nuevas áreas de interés a fin de promover proyectos de vida que le posibiliten la redefinición de su rol y prevenir un potencial estado depresivo. De este modo nuestras prestaciones se constituyen en un servicio vital para las áreas de educación, laboral,  desarrollo social, salud y  judicial.

Brindamos servicios a personas de diferentes grupos de edad (bebés, niños, jóvenes, adultos, adultos mayores) como así también a comunidades en situación de riesgo y/o vulnerabilidad.

El T.O evalúa, previene, orienta, planifica, ejecuta junto con el paciente /cliente un plan que, mediante la implementación de actividades terapéuticas, fomenta la funcionalidad en el desempeño ocupacional en sus distintas áreas: AVD, trabajo, ocio, educación, tiempo libre, juego, etc.

Las distintas etapas de la vida, requieren la realización de diversos roles, que son desempeñados en ámbitos específicos motivados por el interés de cada persona, grupos y comunidades. La imposibilidad de desempeñarse en los mismos a causa de una desigualdad/desventaja/disfunción  neuromotora, psicosocial y/o social promueve la enfermedad y para colaborar en el proceso de recuperación es necesaria la intervención de un Terapista ocupacional.

Ámbitos de desempeño: hospitales, consultorios, colegios/escuelas de: educación especial y comunes, geriátricos, centros de día, hospitales de día, centros de jubilados, ONG´s, asociaciones civiles, universidades, centros de salud, centros de atención comunitaria, etc.

Educación, Gerontología, Salud Mental, Rehabilitación Neuromotora, Comunidad,  Cuidados Paliativos, Docencia, Catástrofes, etc.

Lesiones medulares, hemiplejias,  situaciones de estrés, trastornos mentales, discapacidad intelectual,  disfunciones que afectan el  desempeño ocupacional, la calidad de vida y por consiguiente el bienestar y las posibilidades de participación e inclusión en la comunidad. Estas personas requieren de la atención especializada de un terapista ocupacional a fin de reposicionarse ante estas nuevas situaciones y desarrollar destrezas y capacidades  necesarias para mejorar su  funcionalidad  y condiciones de vida.

Información para graduados

Acercamos el link de la última actualización del nomenclador nacional elaborada por RE.NA.TO (Red Nacional de Terapia Ocupacional)

NOMENCLADOR RENATO JULIO 2024

La matrícula es la forma en que el Estado nacional, provincial o municipal controla y fiscaliza el ejercicio profesional de los Terapistas Ocupacionales y Licenciados en Terapia Ocupacional, porque profesiones como la nuestra involucran los bienes del Estado Nacional como es la SALUD de los habitantes de nuestro país y debe ser protegida y resguardada.

El ejercicio profesional  son los actos que por ley se determinan que un profesional, a través de su respectivo título profesional está habilitado para realizar. Tales actos propios del ejercicio los   determina la universidad correspondiente  a través del perfil del egresado, del alcance del título y de los alcances que reconoce y habilita exclusivamente el Ministerio de Educación de la Nación y cuyos títulos expide la Universidad de gestión estatal o privada autorizada por este Ministerio. Para consultar por el reconocimiento y  validez nacional de los títulos consultar en http://www.me.gov.ar/spu/titulosoficiales

De este modo al matricularnos el Estado nos controla en nuestro desempeño como profesionales de la salud a través del Ministerio de Salud donde ejercemos, si es en la CABA nos matriculamos en el Ministerio de Salud de Nación.

Si fuera en otra provincia a través del Ministerio que corresponda,  excepto en las provincias de, Buenos Aires, Catamarca, La Rioja, Entre Ríos y Santa Fe, que cuentan con Colegios profesionales de TO.

Para el ejercicio legal de la profesión se requiere contar con: documento de identidad, título habilitante de validez nacional y matricula profesional de la jurisdicción donde ejerzo la profesión, en caso contrario incurro en ejercicio ilegal de la profesión

EL TRÁMITE NO DA LA OPCIÓN DE LICENCIADA. SOLO EXISTE LICENCIADO!!

El Registro Nacional de Prestadores (RNP) de Obras Sociales es un área dentro del Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), la que además depende del Ministerio de Salud de la Nación y tiene relación directa con el Programa de Garantía de Calidad de la Atención de Servicios de Salud. Por gestiones de la AATO a partir del año 2008 (Resol. 789/09), TODOS los Terapistas Ocupacionales y Lic. en Terapia Ocupacional egresados de universidades nacionales si desean trabajar con OO.SS y sistemas prepagos deben estar inscriptos en el RNP.

Los egresados de la ex Escuela Nacional de Terapia Ocupacional (ENTO) que requieran obtener copia y autenticación de título, analítico  y programas de la Carrera de TO expedidos y cursados en esta para su inscripción en el RNP deberán comunicarse con la carrera de licenciatura en Terapia Ocupacional 4576-0450 / 0451/0455 int. 14 o vía mail: terapiaocupacional@unsam.edu.ar para informarse sobre el procedimiento de dicha solicitud.

Asimismo, se informa que por  Resolución Ministerial n°3411/94 firmada por el Sr Ministro de Educación y Cultura Ing. Ag. Jorge Rodriguez del 2 3 de diciembre de 1994 la carrera de Terapia Ocupacional  (ENTO) resolvió aprobar su Plan de Estudios. Se adjunta Resolución n°3411/94

aprobación del Ministerio de Educación ENTO

La inscripción en el RNP posibilita a los Terapistas Ocupacionales y Lic. en Terapia Ocupacional trabajar  con Obras Sociales y sistemas prepagos dado que quienes se encuentran inscriptos son profesionales que quedan incorporados en el Programa de Calidad de la Atención de Servicios de Salud.

Monotributo

El código de actividad de TO es 851500 y la alícuota 1,5%, no debiéndose abonar impuesto mínimo. Información suministrada por el contador de AATO  Cdor. Gustavo Martínez al 1 de febrero de 2017.   En caso de requerir más  información los socios activos AATO enviar mail a asocato@gmail.com indicando en el asunto: Consulta al Contador.

Ingresos brutos

1)       En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las profesiones liberales no ejercidas en forma de empresa están exentas de pleno derecho del impuesto a los ingresos brutos.  Por lo tanto las/os terapitas ocupacionales están exentos de este impuesto sin necesidad de ningún trámite.  En el recibo o factura que emitan debe constar “ingresos brutos: exento”.

2)       En la Provincia de Buenos Aires, la actividad está gravada.  Deben inscribirse con el código de actividad: 851.500 (servicios de tratamiento), siendo la alícuota a aplicar 0,5% sobre el importe percibido en cada mes.

Información para Extranjeros

A los profesionales extranjeros:

Para trabajar en la Argentina como primer paso deben CONVALIDAR el título ante el Ministerio de Educación de la Nación. Información extraída de la página web del Ministerio de Educación y Deporte de la Nación:

“A raíz del proceso de modernización y despapelización de todos los procedimientos de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria (DNGU), se han abandonado los trámites en formato papel, incorporando el expediente electrónico de modo completo y definitivo.

Por este motivo, a partir del día 03 de febrero de 2017, toda presentación deberá ser efectuada en formato digital (preferiblemente pdf) en archivos NO mayores a cinco (5) megabytes e incluida en soportes como: CD, pen drive o tarjeta de memoria. Como constancia para los convalidantes, se podrá efectuar una nota de presentación en formato papel para ser intervenida por la DNGU. Con este procedimiento, aspiramos a lograr una mejor atención, transparencia y agilidad en todas nuestras actuaciones”.

Convalidación de un título universitario en la República Argentina

Consultar documentación: Consulta de la documentación que el profesional extranjero debe presentar en la Dirección Nacional de Gestión Universitaria para iniciar el trámite de Convalidación o el de Autorización para el Ejercicio Profesional. Cliquear allí donde se abre una pestaña que solicita se completen los campos para indicar que documentación según trámite se debe presentar. Luego se solicita un turno para dar inicio al mismo. Ante cualquier duda consultar al siguiente link: http://convalidaciones.siu.edu.ar/

Una vez obtenida la convalidación,  deberán rendir un examen de competencia en una Universidad de gestión estatal.  Aprobado este, recién entonces podrán tramitar su matrícula profesional argentina en el Ministerio de Salud correspondiente según donde ejerzan o Colegio Profesional respectivo.

* Homologación de materaias: a los estudiantes argentinos y extranjeros

Para continuar los estudios los estudiantes de Terapia Ocupacional argentinos o extranjeros en otra Universidad que dicta la carrera de TO y/o realizar Prácticas Clínicas en la Argentina, deben comunicarse directamente con las Universidades que dictan la Carrera de TO/Lic. TO, cuyos datos encontrarán en la página web de la Asociación Argentina de Terapia Ocupacional www.terapia-ocupacional.org.ar o en la página de la Federación Mundial de Terapeutas Ocupacionales www.wfot.org

* A los profesionales interesados en realizar posgrados:

Consultar en las Universidades donde se dicte el posgrado de su interés y en caso de posgrados específicos de la profesión consultar en Universidades que dictan la Carrera de TO/Lic. TO.

Ministerio de Salud de la Nación

M6 – HABILITACIÓN DE GABINETE

Psicología – Enfermería – Podología – Kinesiología – Fonoaudiología – Nutrición –Terapia Ocupacional

Es el trámite por el cual se habilitan hasta tres gabinetes para el ejercicio de la profesión de  Psicología, Enfermería, Podología, Kinesiología, Fonoaudiología,  Nutrición y Terapia  Ocupacional,  con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)  Res. 2385/80.

Documentación a presentar:

1) Solicitud de inscripción con carácter de declaración jurada con firma certificada del titular,  pidiendo la Habilitación del gabinete. Modalidad de funcionamiento, según lo establecido en  Res. (MS.y A ) N° 2385/80.

2) Fotocopia autenticada ante escribano del título de propiedad, contrato de alquiler o de  Comodato (según el titular sea propietario, locatario o comodatario del inmueble). Tanto en el  contrato de comodato y alquiler las firmas de las partes intervinientes tienen que estar  certificadas ante Escribano. En el caso del contrato de comodato adjuntar además fotocopia  simple del  título de propiedad. Tanto el contrato de alquiler como el contrato de comodato,  tiene que especificar en sus respectivas cláusulas el Destino (destinado a consultorio  profesional), y el plazo del mismo.  Si la propiedad se encuentra en condominio adjuntar  autorización con firma certificada del condómino en cual permite que se instale el gabinete.

3) En caso de Razón Social, adjuntar fotocopia autenticada ante escribano del estatuto de la  misma.

4) Fundaciones, Institutos, etc., deben presentar fotocopia autenticada ante escribano de los  estatutos.

5) Plano o croquis en escala del lugar especificando destino y medidas de los ambientes,

Dirección del lugar y firma del solicitante; tiene carácter de declaración jurada, indicando:

– Gabinete: 7.5 m²

– Sala de espera: 9 m².

– Un servicio sanitario con acceso desde el consultorio a la sala de espera.

– Para los gabinetes de psicología se sugiere CONDICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD en  las ventanas y balcones (rejas, redes, trabas, etc.)

6) Si el gabinete se encuentra en una propiedad horizontal (Ley Nº 13.512), adjuntar  copia  simple del reglamento de copropiedad en el cual exprese que sea apto profesional.

7) Consignar en hoja aparte datos del profesional titular: Nombre y Apellido, N° DNI, N°  Matrícula profesional, N° CUIT/CUIL (copia de factura de último pago o declaración), domicilio  particular, teléfono particular y celular y correo electrónico.

8) Si la habilitación es por más de tres  gabinetes, presentar fotocopia de Plancheta de  Habilitación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires autenticada ante Escribano  Público o copia simple del inicio de trámite.

9) Certificado de vacunación de hepatitis B expedido por Hospital Público, serología de  laboratorio o troquel de la farmacia del/los profesional/es. (Ley N° 24.151)

10) Constancia de último pago o declaración de AFIP.-

11) Listado del equipamiento.

12) Fotocopia de matrícula expedida por el Ministerio de Salud.

13) Fotocopia del título profesional

15) Adjuntar contrato con empresa de residuos biopatogénicos; de no producirlos presentar  una nota con carácter de declaración jurada firmada por el titular del gabinete.

16) En caso de ejercer más de un profesional  solicitar autorización para ejercer de los Profesionales no titulares del consultorio. Adjuntando la documentación requerida en el  instructivo M2 “Autorización para Ejercer”, de la página Web del Ministerio de Salud de la Nación (www.msal.gov.ar).

NOTA 1: LAS FIRMAS DEBERAN SER AUTENTICADAS ANTE BANCO DONDE TENGA  CUENTA, POLICIA O ESCRIBANO PUBLICO.

NOTA 2: LAS FIRMAS Y COPIAS DE CONTRATOS Y ESTATUTOS DEBERÁN SER  AUTENTICADAS POR ESCRIBANO PÚBLICO

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