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COMO CREAR UN NUEVO CAPÍTULO
Las siguientes pautas son comunes y básicas para todo Capítulo que se proponga, entendiendo que de acuerdo a su temática a desarrollar e impulsar tendrá probablemente especificidades propias de esta.
- Quienes están interesados en constituir un Capítulo deberán presentar una propuesta por escrito en relación a la temática a trabajar la que tendrá que encuadrarse dentro de lo previsto en los objetivos del Estatuto AATO, pertenecer a las áreas de interés de la Terapia Ocupacional y en particular a las definidas de especial interés por parte de la Comisión Directiva actuante.
- Los Capítulos AATO, en su primer año de inicio podrán estar integradas por socios y no socios AATO.
- La propuesta de conformación de un Capítulo, área de interés, propósito, fundamentación y objetivo de la misma, será tratada en Comisión Directiva y presentada por socios AATO con un mínimo de un (1) año de asociados y vinculados al campo de interés a desarrollar.
- En la medida de lo posible incluirán un cronograma anual tentativo con las actividades a realizar en las que serán acompañados durante este proceso de constitución por un miembro de Comisión Directiva
- Dichos Capítulos en su primer año de funcionamiento deberán estar integradas por no menos de dos (2) socios AATO con un mínimo de un (1) año de asociados y al finalizar este primer año, la totalidad de sus integrantes deberán ser socios AATO.
- Presentada la propuesta de un Capítulo por escrito, se pondrá a consideración de la Comisión Directiva en la siguiente reunión mensual.
- En caso de aprobación de dicho Capítulo, al menos uno de sus integrantes será convocado a la subsiguiente reunión de Comisión Directiva para explicitar y/o ampliar la información sobre la propuesta presentada por escrito.
- Las reuniones que efectúe dicho Capítulo podrán ser realizadas en la sede AATO con ajuste a los horarios de atención al público o donde sus integrantes, por razones de movilidad y disponibilidad horaria resuelvan, comprometiéndose a informar al miembro de Comisión Directiva que operará como su referente día, horario y lugar de las reuniones de las que podrá participar dentro de sus posibilidades y/o cuando sea requerido por dicho Capítulo
- El Capítulo se compromete a informar al miembro de Comisión Directiva referente de las actividades y acciones realizadas en forma mensual, aunque hubiera concurrido a las reuniones de la misma.
- El Capítulo que se constituya se compromete a redactar como mínimo cada seis meses una síntesis de sus actividades y acciones realizadas para comunicar a los socios y público en general a través de la página web AATO.
- Toda acción, información, documento que elabore un Capítulo sea este de carácter normativo; de investigación; difusión; gestión o de otra índole que se presente ante público en general; académico; científico y en todo tipo de formato deberá explicitar claramente que fue realizado en el marco, pertenencia a un Capítulo AATO y contar con el aval de esta Institución.
- En los casos quese produzcanpublicaciones, instrumentos de recolección de datos, etc. como producto de las actividades desarrolladas por un Capítulo la propiedad intelectual deberá ser propiedad de ambas partes. Se deberá requerir el consentimiento previo y recíproco de estas para su publicación.
- En los trabajos publicados constará que los mismos se originaron en el marco del Capítulo AATO que corresponda y en aquellos casos cuyas acciones, información, documentación en los que sea posible la obtención de resultados de importancia económica ambas partes realizarán las debidas previsiones respecto de la propiedad de los resultados que se obtengan, así como su protección.
- Toda acción, información, documentación, etc. que elabore sea esta de carácter normativo; de investigación; difusión; gestión o de otra índole será comunicada tanto al referente de Comisión Directiva como a la Capítulo de Comunicación que se encargará de publicitarlo a través de los soportes comunicacionales correspondientes.
- Los integrantes del Capítulo elegirán un coordinador que deberá ser socio AATO con un mínimo de un (1) año de asociado de manera ininterrumpida, quien asume la responsabilidad de mantener informado al miembro referente de Comisión Directiva de manera permanente.
- Toda actividad que desarrolle un Capítulo previa a su realización deberá ser avalada por la Comisión Directiva en funciones.
- De manera semestral el Capítulo contrae la obligación de enviar por escrito un Informe del estado de sus actividades, gestiones, etc. a la Comisión Directiva.
- En caso que por razones personales o por dificultades en la continuidad de sus miembros del Capítulo desistiera de continuar sus actividades deberá informarlo de manera inmediata al miembro referente de Comisión Directiva y comunicarlo por escrito a la Comisión Directiva previo a su reunión mensual.
- En este último caso además de su comunicación a la Comisión Directiva, deberá enviar a esta un informe final de cierre con la totalidad de las actividades y acciones realizadas desde su inicio hasta la fecha de su desestimación indicando sus dificultades y logros obtenidos.
- Toda difusión y/o comunicación que un Capítulo elabore para relevar, contactar, encuestar, etc. será enviada a través del mail de la AATO y la información que se obtenga será recepcionada de igual manera a través de dicho mail AATO, de tal modo que quede registro de lo actuado en la asociación que respalda y habilita al Capítulo de que se trate.